Montar una empresa en España obliga a firmar bastantes más papeles de los que uno espera. Y entre ellos, pólizas. Algunas las exige la ley, otras el convenio, otras el sentido común. La confusión habitual es tratarlas todas por igual: ni todas son obligatorias, ni todas las "obligatorias" lo son para tu actividad concreta. Vamos a ordenarlo.
Qué significa que un seguro sea "obligatorio" para una empresa
En España, un seguro es obligatorio cuando lo impone una norma con rango suficiente: una ley estatal, un reglamento sectorial, un convenio colectivo publicado en el BOE o boletín autonómico, o una ordenanza municipal en casos muy concretos (terrazas, espectáculos). No basta con que el gestor te diga que "toca". Debe existir base normativa.
La consecuencia de no tenerlo va desde la sanción administrativa hasta la responsabilidad personal del administrador. En actividades reguladas, además, puede suponer no poder ejercer.
Los tres bloques: obligatorios por ley, por convenio y recomendables
Conviene separarlos así desde el principio:
- Obligatorios por ley general o sectorial: RC profesional de actividades reguladas, seguro obligatorio de vehículos (SOA) de la flota, decenal de construcción, RC de caza, RC de instalaciones nucleares o de transporte de mercancías peligrosas, entre otros.
- Obligatorios por convenio colectivo: seguro de accidentes de convenio, que cubre fallecimiento e invalidez del trabajador por accidente laboral con capitales fijados en el convenio del sector.
- Recomendables (voluntarios): multirriesgo empresarial, RC general y patronal, ciberriesgo, crédito, D&O, salud colectiva.
Mezclar los tres bloques es el error más común. Y el más caro.
Seguros obligatorios por ley en España
RC profesional en actividades reguladas
No todos los autónomos y empresas necesitan RC profesional por ley, solo quienes ejercen actividades donde una norma sectorial lo exige. Abogados colegiados ejercientes (según normativa del CGAE y estatutos de cada colegio), arquitectos y aparejadores en obra, ingenieros que firman proyectos con visado, administradores de fincas colegiados, mediadores de seguros (Ley 3/2015 de distribución), agencias de viajes, empresas de seguridad privada, centros sanitarios y sus profesionales, auditores de cuentas, gestores administrativos, procuradores… La lista es larga y cada sector tiene su norma.
El capital mínimo lo fija la norma correspondiente. Si tu actividad está regulada, este seguro no es opcional: sin él, no puedes ejercer legalmente.
Seguro decenal de construcción
Regulado por la LOE (Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación). Obligatorio para el promotor de viviendas de nueva construcción, cubre durante diez años los daños materiales por vicios o defectos que afecten a los elementos estructurales.
SOA de flota
Cualquier vehículo a motor de la empresa (turismo, furgoneta, camión, moto de reparto) necesita el seguro obligatorio de automóviles regulado por la LRCSCVM. Es el mismo SOA que un particular, aplicado a cada unidad de la flota.
Otros obligatorios sectoriales
RC sanitaria para centros y profesionales del ámbito clínico, RC de caza para cotos, seguro obligatorio de viajeros para transporte de pasajeros, pólizas obligatorias en instalaciones industriales concretas (nuclear, hidrocarburos), o coberturas exigidas para espectáculos públicos según normativa autonómica.
Seguro de accidentes por convenio colectivo
Este merece capítulo aparte porque afecta a casi cualquier empresa con trabajadores por cuenta ajena. La mayoría de convenios colectivos sectoriales incluyen la obligación de contratar un seguro de accidentes de convenio: cubre al trabajador en caso de fallecimiento o invalidez derivada de accidente laboral (y a veces también común), con capitales que fija el propio convenio y que suelen moverse en un rango de decenas de miles de euros por trabajador.
No contratarlo tiene doble consecuencia: sanción por incumplimiento del convenio y, sobre todo, que la empresa asume directamente el pago del capital si ocurre el siniestro. Se ve en juzgados con demasiada frecuencia.
Seguros altamente recomendables (aunque no obligatorios)
Aquí es donde el criterio del asesor pesa más que la ley. Estos no los pide nadie, pero no tenerlos puede costar el negocio.
Multirriesgo empresarial
La póliza base para cualquier empresa con local, oficina, nave o comercio. Combina daños al continente y contenido (incendio, agua, robo, daños eléctricos, rotura de cristales), RC de explotación, pérdida de beneficios y asistencia. Mapfre, Allianz, AXA, Generali y Zurich compiten fuerte aquí, con productos como Mapfre Empresas Multirriesgo, AXA Pymes o Generali Multirriesgo Comercio, cada uno con módulos distintos según superficie y actividad.
RC general y patronal
La RC general (o de explotación) cubre daños a terceros derivados de la actividad. La RC patronal cubre reclamaciones de trabajadores por accidente laboral cuando se aprecia culpa o negligencia de la empresa —el famoso recargo de prestaciones más la responsabilidad civil directa—. Zurich RC Empresarial y Mutua Madrileña RC Profesional son ejemplos habituales en pymes; el capital razonable arranca en 600.000 € para negocios pequeños y sube desde ahí. Para dimensionarla bien merece la pena revisar los criterios y capitales mínimos de la RC empresarial.
Ciberriesgo
Cada vez menos opcional, sinceramente. Cubre gastos de respuesta ante incidente, restauración de datos, RC frente a terceros afectados por fuga, extorsión y pérdida de beneficios por interrupción. Hiscox CyberClear es una de las referencias del mercado español; Allianz, AXA y Zurich también tienen producto propio. Si tu empresa factura online, gestiona datos personales o depende de un ERP, ignorarlo es jugar a la ruleta.
D&O, crédito y salud colectiva
El D&O (Directors & Officers) protege el patrimonio personal de administradores y directivos frente a reclamaciones por su gestión. El seguro de crédito cubre impagos de clientes B2B. La salud colectiva es retribución flexible con ventaja fiscal en IRPF hasta 500 € por empleado y año (1.500 € si hay discapacidad), según normativa vigente.
Tabla comparativa de productos mencionados
| Producto | Ramo | Público objetivo | Puntos fuertes | Puntuación (1-10) |
|---|---|---|---|---|
| Mapfre Empresas Multirriesgo | Multirriesgo | Pymes con local/nave | Red de peritos y talleres amplia; modularidad | 9 |
| Allianz Empresas | Multirriesgo + RC + Ciber | Pymes medianas y grandes | Producto integral, buena cobertura ciber | 8,5 |
| AXA Pymes | Multirriesgo | Comercio y oficinas pequeñas | Tarificación ágil, asistencia 24h sólida | 8 |
| Generali Multirriesgo Comercio | Multirriesgo | Comercio minorista | Coberturas específicas retail | 8 |
| Zurich RC Empresarial | RC general y patronal | Industria y servicios | Capitales altos y suscripción técnica | 9 |
| Mutua Madrileña RC Profesional | RC profesional | Autónomos y despachos | Precio competitivo en profesiones liberales | 8 |
| Hiscox CyberClear | Ciberriesgo | Empresas digitalizadas | Especialista en ciber, respuesta 24/7 | 9,5 |
Cómo decidir según tamaño y sector
Un autónomo consultor sin local y sin empleados tiene un mapa muy distinto al de una constructora con 40 operarios. Para el primero, RC profesional (si aplica) y poco más. Para la segunda: decenal, RC general y patronal potente, accidentes de convenio, flota, multirriesgo de nave y probablemente D&O. Un ecommerce sin oficina física puede saltarse el multirriesgo pero no debería saltarse el ciber. Un restaurante necesita multirriesgo con RC de explotación amplia y accidentes de convenio (hostelería). Si eres autónomo puro, esta guía específica para pólizas de autónomo te ahorrará vueltas.
Errores comunes
- Contratar solo lo que pide el banco al abrir la cuenta empresa. Rara vez cubre lo que necesitas.
- Confundir la RC de explotación con la RC patronal. Son cosas distintas y muchas pólizas base excluyen la segunda.
- Infra-declarar capitales del multirriesgo para pagar menos prima. La regla de equidad recorta la indemnización proporcionalmente. Ahorras 200 € al año y pierdes 40.000 € en el siniestro.
- Olvidar el accidentes de convenio porque "ya tenemos mutua". La mutua cubre prestaciones de Seguridad Social; el capital del convenio es adicional.
- No revisar la póliza cuando cambia la plantilla, la facturación o la actividad. El seguro que contrataste con 3 empleados no vale con 25.
Checklist antes de firmar
- ¿Mi actividad exige RC profesional por norma sectorial? ¿Con qué capital mínimo?
- ¿Qué convenio colectivo me aplica y qué capital de accidentes exige por trabajador?
- ¿Tengo bien dimensionado el capital de continente y contenido de la nave/local?
- ¿La RC incluye explotación y patronal, con capital mínimo de 600.000 € (o superior según riesgo)?
- ¿Cubro ciberriesgo si trato datos personales o dependo de sistemas informáticos?
- ¿Tengo SOA vigente en todos los vehículos, incluidos los de empleados en misión?
- ¿He revisado exclusiones típicas: dolo, sanciones administrativas, actividad no declarada?
- ¿La póliza se actualiza si crece la plantilla o la facturación durante el año?
Preguntas frecuentes
¿Qué seguros son obligatorios para una empresa en España?
Depende de la actividad. Con carácter general: el SOA para cada vehículo de la flota y el seguro de accidentes que imponga el convenio colectivo aplicable. En actividades reguladas se suma la RC profesional sectorial (sanidad, abogacía, arquitectura, mediación, seguridad privada, etc.) y en construcción de vivienda nueva, la decenal LOE.
¿La RC de la empresa cubre reclamaciones de mis empleados?
Solo si contratas expresamente la garantía de RC patronal. La RC de explotación estándar cubre daños a terceros ajenos a la empresa, no a los propios trabajadores. Es una distinción que se pasa por alto con demasiada frecuencia.
¿El seguro de accidentes de convenio lo paga la empresa o el trabajador?
Lo paga íntegramente la empresa. Es una obligación empresarial derivada del convenio, no un descuento en nómina.
¿Una pyme pequeña necesita ciberriesgo?
Si factura online, guarda datos de clientes o depende de un sistema informático para operar, sí. Los ataques de ransomware a pymes españolas se han multiplicado en los últimos años y el coste medio de recuperación supera lo que una pequeña empresa puede asumir sin cobertura. Para el caso concreto conviene hablar con un mediador colegiado o consultar en la DGSFP.
